Jorge Newbery al 3300 2°
  • $720.000/USD

Descripción general

ID de propiedad: HZ7695078
  • Departamento
  •  
  • 4
  • Ambientes
  • 3
  • Dormitorios
  • 3
  • Baños
  • 2
  • Garajes
  • M2
  • Superficie

Descripción

Desarrollo: Base Proyectos
Proyecto: Dieguez-Fridman
Excelente departamento de 4 ambientes, ubicado en segundo piso al frente, en el barrio de Colegiales, dentro de un edificio con destacados detalles de arquitectura y paisajismo que hacen de la vivencia una experiencia única.
El living comedor, amplio, cálido y moderno, combina paredes de hormigón visto con pisos de madera Patagonia Flooring, y se proyecta hacia amplio balcón con pisos de lapacho, ideales para disfrutar de la vista abierta y del sol de la tarde. La excelente luminosidad realza cada uno de los ambientes.
La unidad cuenta con cocina independiente, equipada con muebles bajo mesada laqueados y alacenas enchapadas en madera, mesadas y alzadas de technistone, y artefactos de primera línea.
Dispone de tres dormitorios de cómodas dimensiones, todos con placards, y dos baños completos, revestidos en venecitas y con mesadas de technistone. Se destaca además por su doble circulación, que aporta funcionalidad y una excelente distribución.
El departamento está equipado con calefacción por piso radiante y equipos de aire acondicionado, asegurando confort durante todo el año. Las aberturas de aluminio línea A40 con DVH garantizan una óptima aislación térmica y sonora.
La propiedad incluye dos cocheras fijas y representa una excelente oportunidad para quienes buscan calidad constructiva, diseño y ubicación privilegiada en Colegiales.

Sup. Cubierta: 141,02m²Sup. Semi cubierta: 10,50m²Sup. Descubierta: 11,51m²Sup. Total: 163,03m²

Medidas de la propiedad:Hall 2,55 x 2,20Living – Comedor 6,70 x 6,50Cocina 5,70 x 2,80Dormitorio Suite 3,80 x 3,30Baño Suite 2 x 1,80Dormitorio II 3,40 x 3Dormitorio III 3,40 x 2,80Baño 2 x 1,80Toilette 1,80 x 1,80Balcón 7 x 3,40

LAROCCA PROPIEDADES
CUCICBA 2905
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.

Dirección

Opciones similares:

La información comercial incluida representa material de carácter informativo y/o ilustrativo pudiendo no ser exacta, estar sujeta a errores, omisiones y cambios, incluyendo el precio o la retirada de la oferta sin previo aviso. LEY 2340 ART. 11- DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y omisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte cocontratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ART. 57- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del art. 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro , quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato . LEY N°3.588 Art.1°. Los Corredores inmobiliarios deben ser exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades - así como en su sitio web, si lo tuvieran - la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340 , y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Art.2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , las infracciones a la presente ley pasibles de las sanciones previstas por leyes nacionales N°22.802 y 24.240, según el caso , a través del procedimiento establecido por la Ley N° 757. Art. 3°- Comuníquese, etc.

Comparar listados

Comparar